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MODERACION
martes, 29 de mayo de 2012
Los medios y la Ley de Acceso a la Información Pública (EDH)
Los medios de comunicación asumen una responsabilidad ética para con la sociedad, lo cual es necesario tener presente en estos momentos en que, gracias a un esfuerzo de democratización, El Salvador dispone de una Ley de Acceso a la Información Pública.
Según esta Ley que
entró en vigencia el pasado 8 de mayo: "Toda persona tiene derecho a
solicitar y recibir de manera oportuna y veraz, información generada,
administrada o en poder de los órganos del Estado, sus dependencias,
instituciones autónomas, municipalidades o cualquier otra entidad u
organismo que administre recursos públicos, bienes del Estado o ejecute
actos de la administración pública en general".
También están
obligados por esta Ley a entregar información, " las sociedades de
economía mixta y las personas naturales o jurídicas que manejen recursos
o información pública o que ejecuten actos de la función estatal
nacional o local, tales como las contrataciones públicas, concesiones
de obras o servicios públicos".
Los medios de comunicación harán
uso de los mecanismos y beneficios que permite esta normativa, con el
objeto de ampliar y difundir el panorama informativo que servirá al
público a conocer detalles importantes de las instituciones, de
funcionarios, lo cual les permitirá formarse opinión y demandar
soluciones a los diversos temas de país.
Ley de Acceso a la
Información Pública presenta vacíos que se deben revisar como es el
apartado que se refiere a la información reservada, que pone en duda si
efectivamente se podrá acceder a información privilegiada, tampoco
debemos perder de vista que la misma constituye un paso importante en el
proceso de rendición de cuentas de las dependencias públicas.
Con
los procesos de obtención, producción y emisión de la información se
inicia la responsabilidad social de un medio de comunicación. En esos
momentos debe predominar el principio de veracidad, con el fin de
garantizar los derechos fundamentales de las personas que se pueden ver
afectadas con la divulgación de la información. Estas acciones no merman
en absoluto el derecho de los medios a informar libremente, pero sí
deben hacerlo con fundamento, dentro de los límites del bien común y del
respeto de los derechos de las personas.
Cuando el ejercicio del
periodismo es ético se establece un compromiso con la sociedad, y en
especial con el principal destinatario de la información: el ciudadano.
La sociedad, recíprocamente, ofrece su credibilidad y confianza hacia el
trabajo de los medios de comunicación que cumplen con este principio.
El
Código Internacional de Ética Periodística de la UNESCO, en su
principio III, referente a la Responsabilidad Social de los Medios o del
periodista, dice: "La información en periodismo se entiende como bien
social y no como un producto, lo que significa que el periodista
comparte la responsabilidad de la información transmitida y es, por lo
tanto, responsable ante el público. La responsabilidad social del
periodista requiere que él o ella actúen, bajo todas las circunstancias,
en conformidad con los principios de la ética profesional".
De
esta forma surge la concepción social de la información, no considerar a
los medios como una industria más en un mercado libre de ideas, sino
como unos entes con una responsabilidad ante la sociedad y el bienestar
general. Y esa responsabilidad social carece de sentido si no se sitúa
dentro de un contexto ético.
Como medios de comunicación nos
corresponde entonces, mantenernos pendientes de que se cumpla con los
objetivos y fines de la nueva Ley de Acceso a la Información Pública, es
decir, que todos los ciudadanos que demandemos información la recibamos
de manera oportuna y veraz, para garantizar ciertamente la
transparencia de la gestión pública.
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