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*La moderación es el proceso de eliminar o atenuar los extremos, es buscar el equilibrio.     *En la moderación se halla lo mejor en ética, en política, en economía. Por eso, Rubén Darío decía que “la moderación es el mejor de los bienes”.     La Real Academia Española define la moderación como sinónimo de “cordura, sensatez, templanza en las palabras o en las acciones”.     Son esas, precisamente, las características o cualidades que más se deben poner en práctica dentro de la política nacional.    

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jueves, 28 de julio de 2011

Funes: “La crítica sana debe de ser protegida” (La Prensa Gráfica)

Celebró el fallo judicial que considera precedente para el ejercicio periodístico. 

El presidente de la República, Mauricio Funes, calificó de “sensata” la decisión del juez y de la Cámara Tercera de lo Penal de San Salvador que desestimaron un proceso penal por calumnia en contra de LA PRENSA GRÁFICA.
“Esta, en mi opinión, es una victoria para la libertad de prensa en nuestro país; porque la crítica sana que no tiene un propósito difamante y calumnioso debe de ser protegida”, dijo ayer el mandatario, al resaltar que esta crítica forma parte del derecho fundamental de todos los ciudadanos a expresarse, “y el que tienen también los periodistas, que es a ejercer su trabajo, siempre y cuando, como digo, se ejerza en forma profesional, respetando el derecho que tienen los demás a la intimidad, al honor y a la propia imagen”.

Con clara alusión al respeto entre poderes, en este caso al del Órgano Judicial, el presidente expresó que sin ser un conocedor del derecho, sino por lógica, a alguien que había sido incriminado por estar colaborando con una organización criminal no se le podía admitir una denuncia contra el medio de comunicación que informó su situación.
“A quien se le había abierto un expediente judicial porque se tenían sospechas fundadas de que había participado en la comisión de un delito no puede al mismo tiempo promover una denuncia en contra de un medio de comunicación”, expresó el jefe de Estado. A su juicio, el hecho de hacer público el delito cometido por el militar, aun cuando este todavía no había sido oído y vencido en juicio, no es un delito.
“En este caso LA PRENSA GRÁFICA nunca tuvo un propósito difamador ni calumnioso, sino que más bien lo que estaba satisfaciendo era el interés público de conocer la verdad sobre los hechos, en este caso de la incriminación que se le estaba haciendo al militar”, afirma.
El análisis de los jueces que llevaron el caso estimó que por tratarse del delito de calumnia, para cometerlo debió haber existido el dolo de saber que lo que se dice es falso, tomando como referencia el artículo 191 del Código Penal, reformado por la Asamblea Legislativa meses atrás, para despenalizar la crítica desfavorable que antes estaba protegida.

 

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