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MODERACION

*La moderación es el proceso de eliminar o atenuar los extremos, es buscar el equilibrio.     *En la moderación se halla lo mejor en ética, en política, en economía. Por eso, Rubén Darío decía que “la moderación es el mejor de los bienes”.     La Real Academia Española define la moderación como sinónimo de “cordura, sensatez, templanza en las palabras o en las acciones”.     Son esas, precisamente, las características o cualidades que más se deben poner en práctica dentro de la política nacional.    

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martes, 16 de agosto de 2011

Presidencia sugiere crear espacios para los fumadores (LPG)


Atraso. El plan electoral para los comicios de 2012 ya registra atrasos en su ejecución. El TSE espera que la Asamblea Legislativa  apruebe el PLAGEL por lo menos en este mes para iniciar con el desarrollo de los 15 programas. Funes envía a la Asamblea enmiendas a la Ley para el Control de Tabaco. En total son 18 las modificaciones que propone.         El presidente de la República, Mauricio Funes, envió ayer por la tarde a la Asamblea Legislativa un pliego de reformas a la Ley para el Control del Tabaco que darían más claridad a las restricciones para los fumadores y las empresas que comercian tabaco, así como la definición de lugares en donde sí se podría fumar.
El documento que recibió ayer el congreso contiene 18 artículos, en los que se definen las reformas a la recién aprobada normativa. En los primeros artículos se detallan los  lugares “libres de humo”, tanto de “restricción absoluta” como de  “restricción relativa”.
Los lugares de restricción absoluta, según la propuesta presidencial, son aquellos en que la prohibición de fumar y “mantener tabaco encendido” se extendería al área total de las instalaciones en donde habrá restricción.
Por ejemplo, los lugares de restricción absoluta serían los establecimientos de salud así como los centros oficiales y privados de educación inicial, parvularia, básica y media; los lugares destinados para el esparcimiento de menores (lugares equipados y acondicionados “específicamente” para el juego y esparcimiento de menores de edad).
Asimismo, los espacios en donde se manipulen sustancias inflamables, como gasolineras y otros; las Áreas Naturales Protegidas; los medios de transporte colectivo, selectivo (taxis) y alternativo local de pasajeros; y las terminales aéreas, terrestres y marítimas, reza la reforma.
Los lugares de restricción relativa serían en cuyos espacios al aire libre estaría permitido fumar. El Ejecutivo propone que la restricción relativa se dé en centros de trabajo públicos y privados, en universidades y en  instalaciones deportivas, así como en donde se efectúen los espectáculos públicos.
Además, los espacios al aire libre en las terminales aéreas, terrestres y marítimas; en los espacios al aire libre de salas de cine, centros culturales y auditorios. También en los edificios públicos o privados y en los lugares de acceso público en donde haya concurrencia de personas.
Lugares permitidos
El pliego de reformas propuestas por el presidente de la República contemplan además la definición de “espacios habilitados para fumar”, en donde la administración de los establecimientos podrá destinar un lugar que no sea superior al 30% del espacio destinado al público. Estos lugares, según el documento, son: “Hoteles o lugares de hospedaje análogos donde se podrá reservar un porcentaje no superior al 25% de las habitaciones para huéspedes fumadores; así como todos los bares, discotecas, salas de fiesta, restaurantes y aquellos establecimientos de esparcimiento para mayores de edad”. En todo caso, dicta la propuesta, en estos últimos lugares el espacio habilitado para el fumado no podrá ser superior al 30% del área destinada a los clientes.
La reforma dicta que en los lugares permitidos se deberá contar con la debida señalización y que el lugar se encuentre separado físicamente del resto y se garantice que no se afectará a los demás que se encuentren en espacios donde no sea permitido fumar.
 “En ningún lugar habilitado para fumar se permitirá la presencia de menores de edad”, propone la reforma presidencial.
La propuesta permite a cualquier propietario o responsable de establecimiento llamar a la Policía Nacional Civil cuando un fumador haga caso omiso de las señalizaciones de los lugares con restricción, luego de que haya sido advertido por la administración de que estará incurriendo en una infracción a la normativa.
Quienes violen el reglamento serán afectados con sanciones que van de leves a graves. Las graves tendrían como multa de uno a 10 salarios mínimos mensuales, más el decomiso del tabaco y una suspensión por seis meses del permiso para venderlo, en el caso de los comerciantes que infrinjan las reglas.
Según la reforma, también se podrá publicitar, con restricción.

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